En la actualidad, por la caída de la natalidad, los conciertos educativos son innecesarios.
La realidad educativa extremeña es similar a la de otras comunidades en lo que a escolarización se refiere. Prevalecen, cada vez más, intereses económicos e ideológicos que fomentan la concertación innecesaria de unidades con centros privados, mientras que muchas de las plazas ofertadas en los centros públicos quedan desiertas.
Los datos de matriculación revelan que los conciertos educativos no son necesarios en Extremadura, ya que se ofertarán para el próximo curso 12.793 plazas de alumnos de tres años, cuando la demanda es de 6.810.
Los conciertos educativos se extendieron, como medida provisional y, por tanto, reversible, en 1985 para asumir las necesidades de escolarización que la red pública no podía cubrir. Pero lo que nació como temporal se ha convertido en permanente y amenaza con debilitar gravemente a la educación pública.
La iniciativa privada es legítima, pero las subvenciones innecesarias a centros privados pueden constituir un fraude al ciudadano y a la propia democracia, ya que su origen dimana de un periodo ilegítimo donde la dictadura frenó el país durante 40 años. La falta de centros públicos, que en su momento llevó a la necesidad de los conciertos, estuvo relacionada con el retraso que trajo la dictadura. Sin embargo, en la actualidad, por la caída de la natalidad, los conciertos educativos son innecesarios.
Los defensores de la concertada basan sus argumentos en imprecisiones y falsedades que repiten como un mantra insidioso y que se desmontan con facilidad.
La elección de centros a la que se refiere la Constitución se centra en los centros públicos y privados (cuando se aprobó la Carta Magna, los conciertos no existían). La LOMLOE prioriza la escolarización en centros públicos en caso de que se tengan que cerrar grupos de alumnos por la caída demográfica. El Consejo Escolar del Estado, en su informe de 2024, insta a la Administración a controlar el uso de la financiación de los centros concertados. La Sentencia 86/1985 del Tribunal Constitucional señala que el derecho a la educación no comprende el derecho a la gratuidad en centros privados, porque los recursos públicos no deben sufragar preferencias individuales.
La evidencia de los argumentos es contundente. Hasta CICAE (Asociación de Colegios Privados) considera los conciertos un fraude, ya que, según un estudio realizado por su organización, los centros concertados cobran cuotas ilegales a las familias, vulnerando la gratuidad de las enseñanzas sostenidas con fondos públicos.
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